domingo, 27 de febrero de 2011

“Palo dado ni Dios lo Quita” Otro revés a “La Reelección” se comprueba no todos lo aceptaban, solo los del “GRUPO” de los elegidos….

Por LOOM “el chino” El Coordinador del Instituto de Investigaciones, Estudios Legislativos y Asesoría Jurídica, Luis Ángel Bonilla Saucedo informó que el pasado 24 de febrero del presente año se notificó al Congreso del Estado copia de la sentencia en la que el ex rector solicitó la protección de la justicia federal en contra del Poder Legislativo y otras autoridades por la presentación de la iniciativa, el trámite legislativo y las reformas aprobadas. En este sentido, se demostró el incumplimiento del requisito de instancia de parte agraviada, esto ya que quien aparece como promovente en el escrito de demanda de garantías y su ampliación, no externo su voluntad de acudir a dicho juicio mediante su firma correspondiente. Por ello, consideró necesario aclarar que con esta resolución no se entró al estudio del fondo del asunto, sino que en virtud de que se demostró lo anteriormente expuesto referente a las firmas, con fundamento en los artículos 73 fracción XVIII y 74 fracción III de la Ley de Amparo vigente, es procedente el sobreseimiento del juicio. Asimismo, precisó que aún podría faltar el recurso de revisión que puede ser interpuesto por la parte agraviada en los términos de la propia Ley, y mismo que aún quedan procedimientos pendientes de resolución en este y otros juzgados federales con relación al mismo asunto de la Universidad Juárez. Cabe destacar que el juicio de amparo se registró con fecha 23 de febrero y con el expediente 981/2010, en base a las reformas plasmadas en los decretos cuarto y séptimo de la Sexagésima quinta legislatura